Un fallo a favor del otorgamiento de la pensión de hijos con alguna discapacidad

En fecha 05/11/2024 la CSJN dejó sin efecto la resolución de la alzada que rechazaba la pensión por el fallecimiento de su padre, en su carácter de hija incapacitada para el trabajo (art. 53, inciso e, párrafo segundo, de la ley 24.241).

Ello, al considerar que no se había tenido en cuenta que la peticionante había sido declarada totalmente discapacitada por un acto administrativo anterior firme -al requerir la pensión de su madre- y que estaba produciendo efectos jurídicos pues se encontraba pasada en autoridad de cosa juzgada administrativa, lo que obligaba a los organismos y profesionales intervinientes a atenerse a sus conclusiones.
 

En caso que tengas alguna inquietud, no dudes en contactarte!

Contáctenos

Contacto

+(11) 5459.8143